Redacción
En la audiencia de sobreseimiento, el magistrado Álvaro Fernández acogió la solicitud al compartir que, tras el rechazo de la Corte de Apelaciones de Copiapó de desaforar al parlamentario y no dar lugar a formación de causa, solo procede dictar el sobreseimiento definitivo del caso en el cual se indagaba su rol en la negociación económica entre Minera Candelaria y la municipalidad de Tierra Amarilla por el daño medioambiental en la comuna, ya que la empresa estaba en el proceso de Calificación Ambiental para su continuidad operacional.
"Escuchados los antecedentes aportados, los que no han sido controvertidos por el señor fiscal y el Consejo de Defensa del Estado, y tomando en consideración lo que establece el inciso primero del artículo 416, la Corte de Apelaciones declarare no haber lugar a la formación de causa, esta resolución producirá los efectos de sobreseimiento definitivo respecto del aforado", sostuvo el tribunal.
La Fiscalía formalizó al parlamentario en octubre del año pasado. Según un comunicado de prensa, los abogados defensores informaron que "primero, la Corte de Apelaciones de Copiapó rechazó desaforar al parlamentario al determinar que las acusaciones de la fiscalía eran "vagas" y "genéricas".
Ciro Colombara y Aldo Díaz indicaron que "el caso contra el diputado Mulet ha terminado estableciéndose su inocencia absoluta y ahora esperamos que avance más rápidamente la investigación penal contra el imputado Alexis Rogat, fiscal regional, que lideró estas imputaciones falsas".
causa sigue
La Fiscalía de Atacama informó que la causa penal abierta por acciones desplegadas entre la Municipalidad de Tierra Amarilla y Minera Candelaria en el marco del plan operacional presentado por la mencionada empresa en noviembre del año 2013, que involucró la contratación por parte del municipio de un estudio jurídico para que presentara acciones legales en contra de la minera para forzar una negociación, continúa vigente con cuatro imputados.
En la audiencia realizada ayer en el Juzgado de Garantía de Copiapó, se reactivó la tramitación de la causa penal, la que se encontraba paralizada debido a distintas acciones presentadas por la defensa de Jaime Mulet ante la Corte Suprema y el Tribunal Constitucional, que buscaban que se rechazaran los recursos interpuestos por la Fiscalía y el Consejo de Defensa del Estado, tendientes a continuar con la investigación contra el diputado.
En la audiencia señalada, el juez de garantía de Copiapó resolvió fijar una nueva fecha para el 16 de octubre en que tendrá que pronunciarse sobre peticiones presentadas por los intervinientes.
SOBRESEIMIENTO
La eventual acusación que presente la Fiscalía no podrá incluir al diputado Jaime Mulet, quien hizo valer su fuero parlamentario impidiendo con ello que se presentara una acusación penal en su contra y ser llevado a juicio oral.
Así, ayer el juez de garantía de Copiapó, en atención a que los recursos presentados por el Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado fueron declarados inadmisibles al estimar el Tribunal Constitucional inaplicable la norma que permitía al Ministerio Público y al querellante presentar apelación ante el rechazo de la petición de desafuero del diputado, procedió a decretar el sobreseimiento definitivo respecto de Jaime Mulet, lo que impedirá que éste enfrente un juicio oral y, en definitiva, que la ciudadanía pudiera saber si tuvo o no responsabilidad en los delitos investigados por el Ministerio Público.
En la decisión de decretar el sobreseimiento adoptada por el juez, no se indicó que Mulet fuera inocente de los hechos que se le imputaron por la Fiscalía o que éstos no hayan sido constitutivos de delito, sino que dicho sobreseimiento se decretó en virtud de la letra e) Artículo 250 del Código Procesal Penal, disposición que señala que durante la investigación ocurrió un hecho que, con arreglo a la ley, puso fin a la responsabilidad del imputado. Es decir, el hecho que en este caso sobrevino, fue el rechazo de la solicitud de desafuero por parte de la Corte de Apelaciones de Copiapó, que puso fin a la responsabilidad penal del diputado y, que como se explicó, impidió que fuera juzgado ante un Tribunal .
En la jornada, además, el juez de turno rechazó dos solicitudes de la defensa del parlamentario, una de las cuales buscaba condenar en costas al Ministerio Público y a la parte querellante, petición que fue categóricamente rechazada.En segundo término, el Tribunal no dio lugar a la solicitud de los abogados del diputado en que se pedía que se dejara de mencionar el nombre del parlamentario en futuros actos que se desarrollen como parte de esta investigación. Por su parte, el fiscal fegional de Atacama, Alexis Rogat, respecto de la querella en su contra, señaló que se encuentra absolutamente tranquilo y convencido de su inocencia, pues cumple únicamente con su deber constitucional de investigar hechos constitutivos de delitos a partir de la evidencia recopilada en la investigación a cargo de los fiscales de Atacama y se encuentra a disposición del investigador del caso para colaborar en todo aquello que se requiera con la finalidad de aclarar los hechos que se le imputan, tal como corresponde a todo ciudadano chileno que no goza de prerrogativas especiales que impidan sea investigado.