Derechos. Deberes. ¿Qué es primero? ¿Los derechos? ¿Después los deberes? ¿O al revés? Primero los deberes, después los derechos.
Soy un convencido de que originariamente, desde el comienzo, más se nos ha inculcado acerca de los deberes, de las responsabilidades, sino de las obligaciones. Más, mucho más se nos ha inculcado acerca de qué hacer, cómo hacer, y luego, solo luego de qué derecho nos asiste, o cómo se impetra u obtiene tal derecho.
En fin, ¿qué entendemos por derecho? En el DLE, el Diccionario de la Lengua Española, asoman, al menos cuatro acepciones afines a tal término. A saber, y de más a menos, la primera, "Facultad del ser humano para hacer legítimamente lo que conduce a los fines de su vida". Como se puede apreciar es una definición nominal, genérica, amplia. Una más, "Facultad de hacer o exigir todo aquello que la ley o la autoridad establece en nuestro favor, o que el dueño de una cosa nos permite". Ya en esta se aprecia una suerte de sujeción, de coacción, sino sometimiento. Otra más, "Facultades y obligaciones que derivan del estado de una persona, o de sus relaciones con respecto a otras". Es decir, estos derechos resultan de la interacción o quizás deberes con otros, como los derechos humanos, por ejemplo. Y una más, la última en realidad, "Conjunto de principios y normas, expresivos de una idea de justicia y de orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia puede ser impuesta de manera coactiva". Nuevamente, es de la interrelación que nacen estos principios normativos entre las personas.
Derechos, derechos y derechos, y ¿qué es de los deberes? Lo firmo y lo reafirmo, los deberes son primeros. Y es curioso, los deberes nacen en uno mismo y consigo mismo, y luego, en su relación con el prójimo, con el tú. Todos los días, todo el día. Primer deber, amar la vida, la vida propia, y la vida de los demás. Así, no más. Ni siquiera se separan. Son inseparables. No es uno primero, y luego el otro deber. En estos dos deberes ya comienza todo. Y luego, con ellos, los derechos, todos los derechos, los derechos naturales, los derechos consuetudinarios, los derechos adquiridos, los derechos humanos. Y vaya qué son derechos.
Aun así, con toda la variada gama de derechos, no siempre podemos frente a cúmulos y cúmulos de inimaginadas arbitrariedades de lado a lado. El derecho de las costumbres o derecho consuetudinario es el más afecto a los vaivenes. Porque no está escrito, porque arranca desde la individualidad, quizás de la colectividad, porque, aunque se repita y repita, lo que es un derecho "allí" y desde "siempre" no necesariamente es un derecho "acá", "ahora".
Es perturbador llamar deber a la ambición. Entonces, ¿qué es un deber? Al respecto, en el DLE se consigna una acepción nominal, "Aquello que se tiene la obligación de hacer". Ese "aquello" es un imperativo, es una exigencia, no hay modo de hacerle el quite.
Raúl Caamaño Matalama
Profesor de la Universidad Católica de Temuco