Nueva circular permite a alumnos trans mayores de 14 años solicitar respetar su identidad de género
EDUCACIÓN . La Superintendencia de Educación actualizó documento, lo que permitirá a adolescentes, niños y niñas solicitar que se le respete su sexo y ser llamados por su nombre social, además de poder ocupar uniformes y baños de acuerdo a su identidad de género. Desde el Colegio de Profesores indicaron que es un "tremendo avance".
Desde la Superintendencia de Educación se sustituyó la Circular 768 sobre derechos de niños, niños y adolecentes (NNA) trans, dictada en 2017, por la Resolución 812 del 21 de diciembre del 2021, permitiendo que adolescentes mayores de 14 años puedan optar por ser tratados por su nombre social dentro de los establecimientos, además de utilizar uniformes y baños acorde a su identidad de género. Junto a esto se debe respetar su sexo.
Resolución
Al respecto, Daniela Andrade, vocera del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), explicó que, "la nueva resolución actualiza y amplía derechos para los/as NNA trans en función de los principios de la Ley de Identidad de Género 21.120, publicada en 2018. La actualización era un tarea pendiente del Estado, pues la circular 768 era previa a la Ley de Identidad de Género".
Añadió que "festejamos la actualización porque amplía derechos a través de un cambio primordial: permite a mayores de 14 años solicitar a los establecimientos educacionales que se respete su sexo y nombre social en forma autónoma a sus apoderados. Antes este derecho era solo para mayores de 18 años. Considerando que muchas familias discriminan o desconocen qué es la identidad de género, dar esta libertad a los mayores de 14 años sin duda tendrá un impacto positivo en su calidad de vida y dignidad".
Entre otras modificaciones, la Resolución 812 añade como principios la integración y la inclusión, con el fin de "eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes".
En el mismo orden, incorpora los principios de la Ley de Identidad de Género, los cuáles son la no patologización, la confidencialidad, la dignidad en el trato y la autonomía progresiva del/a niño/a. En torno a este último, la Resolución establece que "todo niño, niña o adolescente podrá ejercer sus derechos por sí mismo, en consonancia con la evolución de sus facultades, edad y madurez".
Acto seguido se incorpora como derecho del/a NNA el "reconocimiento y protección de su identidad de género, así como a expresar su orientación sexual (…) Toda persona tiene derecho a ser reconocida e individualizada por su identidad y expresión
"La actualización era un tarea pendiente del Estado, pues la circular 768 era previa a la Ley de Identidad de Género"
Daniela Andrade, Vocera del Movilh