Experto aclara que "es correcto" considerar a la Convención como nuevo poder constituyente
PRECISIÓN. Académico constitucionalista concordó con el término empleado con la presidenta del nuevo órgano.
La presidenta de la Convención Constitucional, Elisa Loncon, señaló en el inicio de la esperada primera sesión de este miércoles, que "se está instalando un poder constituyente que no es el poder establecido que ya tiene el Estado a través de sus instituciones. Es un poder nuevo".
La frase abrió un debate semántico alrededor de la noción de "poder constituyente", concepto generalmente relacionado con la propia ciudadanía, como mandante de las autoridades que escoge y a quienes -en esta concepción tradicional- delegaría un mandato para llevar a cabo la tarea de redactar una nueva carta magna.
Al respecto, Jaime Arancibia, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, aclaró que "si lo que corresponde es evaluar sólo esa frase desde un punto de vista jurídico, es decir, sin pronunciarnos sobre intenciones, me parece que la frase es correcta".
El también investigador de POLIS, Observatorio Constitucional de la misma casa de estudios, indicó que "efectivamente, el ejercicio del poder constituyente mediante una Convención ad hoc elegida democráticamente mediante sufragio universal, es un poder constituyente 'nuevo', porque no es ejercido por el Estado a través del Congreso o fruto de la iniciativa legislativa del Presidente de la República, sino que por la Convención misma".
Arancibia agrega que, por ende, "no hay confusión en afirmar que este poder es nuevo", toda vez que "es fruto de una voluntad soberana del pueblo" según establece la Constitución.
El abogado especialista homologó las dificultades de instalación que tuvo, en sus primeras jornadas el nuevo órgano redactor constitucional, con lo que ocurrió con la puesta en marcha del Ministerio Público en su momento, "que también significó un cambio en la cultura jurídica del país y en aspectos logísticos". En ese sentido, sintonizó con la comprensión que se pidió desde el Ejecutivo, en cuanto a que "el Estado puede enfrentar dificultades en la puesta en marcha, como ocurre con cualquier institución nueva".
El académico indicó que "la Constitución vigente le confiere (a la Convención), precisamente, la potestad de elaborar un texto de nueva Constitución. El conflicto o factor desestabilizador podría producirse más bien en el caso de que pretenda desconocer los términos del mandato que le confirió el pueblo, atribuyéndose poderes que no tiene", advirtió.
"Cabe recordar aquí que el 'mandante' es el pueblo que votó en el plebiscito y en las elecciones de abril pasado por "mandatarios" encargados de cumplir el encargo de redactar un texto constitucional. Lo propio del mandatario es cumplir el cometido en los términos aprobados por el mandante", explicó y agregó que "cualquier desvío significaría un incumplimiento poco democrático del encargo. El respeto ciudadano a la Constitución futura depende también del respeto de los convencionales a las reglas de su encargo".