Las 19 categorías de bienes esenciales que se pueden comprar en cuarentena
ACTUALIZACIÓN. Gobierno fijó productos posibles de ser adquiridos. Incluye Fase 2.
El Gobierno actualizó el instructivo para permisos de desplazamiento en el marco del plan "Paso a Paso", incluyendo la ampliación de bienes esenciales que pueden ser adquiridos en comunas que estén en cuarentena (fase 1) o transición (fase 2).
El documento rige desde ayer a las 05:00 horas y define 19 categorías de "bienes esenciales de uso doméstico". Estos son los que "tienen por fin ser utilizados por las personas dentro del domicilio" y "son imprescindibles para la subsistencia, el teletrabajo, la educación a distancia o el funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble".
Grupos de productos
El primer grupo es de bienes "relativos a la subsistencia de la persona" e incluye:
1. Alimentos y líquidos.
2. Sanitarios: fármacos, dispositivos médicos y todo bien de "prevención, promoción y recuperación de salud y rehabilitación" de enfermos.
3. Productos de higiene personal, como pasta de dientes, jabón, cremas de afeitar y dermatológicas.
4. Productos regulados en el Libro IV del Código Sanitario: productos farmacéuticos, alimentos de uso médico, artículos médicos, cosméticos.
5. Artículos de limpieza: cloro, detergentes y otros.
6. Productos necesarios para la maternidad y primera infancia: ropa y accesorios para recién nacido como chupetes y mantas, ropa y accesorios para mujer en período de embarazo y lactancia, pañales, alimentos de bebé e infantiles, coches, cunas y otros.
7. Artículos para mascotas.
8. Artículos para mantener jardines, plantas y áreas verdes.
El segundo grupo es "bienes relativos al teletrabajo o educación a distancia":
9. Electrónicos: computadores, impresoras, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios, tablet, parlantes y accesorios de audio, móviles, recargas telefónicas, accesorios de telefonía, banda ancha móvil.
10. Artículos de oficina: libros, productos de oficina, artículos de manualidades, textos, útiles escolares, juguetes educativos.
El tercer grupo son "bienes relativos al funcionamiento, conservación y seguridad del inmueble":
11. Artículos de cocina como menaje (ollas, loza, cubiertos), para conservar y manipular alimentos (utensilios de cocina, papel aluminio) y para el desecho de alimentos y residuos (bolsas, basureros).
12. Artículos de dormitorio: camas, ropa de cama, colchones, guateros y otros.
13. Artículos de baño, como toallas y cortinas.
14. Artículos de lavandería, como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares.
15. Electrodomésticos y línea blanca: aspiradoras, estufas, hervidores, hornos eléctricos, microondas, planchas, tostadores, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores y otros.
16. Productos de ferretería: para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, como pinturas, conectores o herramientas.
17. Muebles: escritorios, sillas, comedores y otros.
18. Productos de iluminación: ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.
Finalmente, se menciona una lista de "otros bienes":
19. Pilas y baterías de vehículos, fósforos y encendedores, tabaco, combustibles (gas, carbón, leña, otros), neumáticos, aceites y lubricantes y materiales para mantener vehículos.
Delivery
El instructivo indica que quienes se vacunen contra la influenza no deben pedir un permiso especial, y el permiso para repartidores de alimentos, fármacos y otros bienes esenciales domésticos pro medio de plataformas de "delivery": tendrá vigencia por un solo día hasta las 24:00 horas; deberá ser presentado junto a su cédula o pasaporte; y en comunas que estén en paso 1 o 2, los sábados, domingos o festivos, los repartidores sólo podrán llevar bienes esenciales.
Los emprendedores que trabajan en su hogar podrán despachar productos usando las empresas de correos.