Las comunas en fase 3 podrán tener cine, teatro y conciertos
PLAN PASO A PASO. Reapertura fue anunciada ayer por Cultura. También habrá posibilidad de vender comida en esos espacios, pero reduciendo los aforos.
Redacción
El gobierno anunció que en las comunas que se encuentren en fase 3 del Plan Paso a Paso se modifica el aforo máximo para "eventos con ubicación fija y designada de los asistentes", permitiéndose de esta manera la reapertura de cines y teatros y "otros lugares clave para el desarrollo de la cultura", como también la realización de conciertos.
El Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio expresó que estos cambios realizados al plan de reapertura -a través de la Resolución 43 del Ministerio de Salud, publicada en el Diario Oficial el viernes 15 de enero- son modificaciones "muy importantes y esperadas para el sector cultural", mientras la ministra Consuelo Valdés valoró la medida y afirmó que "la prioridad es resguardar la seguridad de los espacios culturales para la ciudadanía".
75 y 150 personas
La medida permite que puedan reunirse 75 personas en recintos cerrados y 150 en espacios abiertos, donde se incluyen los conciertos, hará posible la reapertura de teatros, salas de cine, circos y otros lugares podrán abrir en comunas que se encuentren en Fase 3, siempre que exista un espacio mínimo de cuatro metros cuadrados por persona.
En la Región Metropolitana, por ejemplo, las comunas que hoy tendrán la posibilidad de abrir estos espacios culturales son Quilicura, Huechuraba y San Bernardo.
En el resto del país, algunas de las comunas que también se encuentran en fase 3 son: Algarrobo, Cartagena, Cauquenes, Panguipulli y Rengo.
Otra modificación que se introdujo en fase 3 es que se permitirá la venta de comida en las mencionadas actividades, pero siempre que se disminuya el aforo: un máximo 50 personas en lugares cerrados y de 100 en espacios abiertos.
En la fase 4, los aforos máximos se aumentan a 150 personas en recintos cerrados y 300 en lugares abiertos. Con venta de comida el funcionamiento se permite con 100 y 200 personas, respectivamente.
A modo de precisión, la Resolución 43 del Ministerio de Salud explica específicamente a qué se refiere cada uno de los espacios mencionados en estas modificaciones.
Espacio abierto o aire libre: aquel que no tiene techo o aquel que, teniendo techo, cuenta con más del 50% de su perímetro sin muros. No se considerará techo aquella estructura que permita la circulación de aire a través de ella.
Espacio cerrado: aquel que tiene techo y más del 50% de su perímetro con muros.
Para el correcto funcionamiento
Para los eventos con público en que los asistentes tienen ubicación fija es posible realizarlos manteniendo ciertas normas y protocolos, precisados en la nueva resolución del Minsal: no se podrán sumar los aforos de espacios abiertos y cerrados. Deberá utilizarse mascarilla de forma permanente. Podrán realizarse actividades distintas simultáneamente en lugares que cuenten con espacios abiertos y cerrados, pero los asistentes de unos y otros no podrán tener ningún tipo de interacción, incluyendo baños y entradas y salidas.