Rechazan reclamación contra resolución que aprobó continuidad de Atacama Kozan
DICTAMEN. Fue interpuesto por la concejal Rosa Ahumada y otras autoridades.
En fallo unánime el Primer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación interpuesta por Rosa Ahumada Campusano y otros en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) respecto de la resolución que aprobó el proyecto que da continuidad operacional a Minera Atacama Kozan, ubicado en la Región de Atacama.
La concejal Rosa Ahumada junto a otros, interpusieron un recurso de reclamación en contra de la resolución del SEA que aprobó mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y según los reclamantes debía haber un Estudio de Impacto Ambiental, lo que implica participación ciudadana.
La sentencia establece que respecto a los hechos controvertidos de la causa, en lo que tiene relación con la falta del proceso de participación ciudadana durante la evaluación del proyecto, el Tribunal no acogió la alegación, entre otras cosas, porque se llevaron a cabo los procesos formales de difusión e información y no hubo solicitud de llamar a Participación Ciudadana (PAC), de acuerdo a lo establecido por la ley. El ministro redactor Marcelo Hernández explicó que "no es posible verificar fehacientemente sobre la falta de información efectiva sobre el proceso de evaluación ambiental del proyecto Kozan, a que aluden los reclamantes, donde ellos tenían la posibilidad de solicitar la Participación Ciudadana al SEA, luego participar efectivamente y así constituirse en legitimamos activos en el proceso de evaluación ambiental".
Otro de los argumentos del dictamen "el SEA de Atacama no tenía la obligación de llamar a Participación Ciudadana, toda vez que ésta no fue requerida por los reclamantes u otro actor en el proceso".
Otro de los puntos en controversia fue la exclusión de las observaciones realizadas por el Municipio y otros organismos públicos con competencia ambiental, lo que también fue analizado por la sala del órgano colegiado.
"El Tribunal ha tenido a la vista ciertos aspectos y procedimientos de organismos públicos con competencia ambiental, así como la Municipalidad de Copiapó, cuyo rol es colaborar con los compromisos internacionales sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el real acceso de los ciudadanos a los derechos constitucionales y al desarrollo armónico y sustentable de la sociedad, mejorando su calidad de vida y el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación; por lo que el Tribunal entregó consideraciones a tener presente por el SEA y los Municipios".
Entre otros aspectos, también, el Tribunal estima la relevancia de conectar los procesos de participación ciudadana de carácter ambiental con aquellos de carácter social para ser un real facilitador del acceso a la información de carácter ambiental. "Es fundamental la entrega oportuna a los vecinos y organizaciones territoriales potencialmente afectadas o interesadas apenas sea requerida por parte del SEA en un proceso de evaluación ambiental, dando la posibilidad real de que una vez que se inicie la evaluación de un proyecto, la comunidad se entere y conozca dichos procesos, permitiendo de esta manera una mayor y mejor participación ciudadana y con ello un posterior acceso a la justicia ambiental", aseguró Hernández.
La sentencia fue pronunciada por los ministros Mauricio Oviedo, Marcelo Hernández y el hoy exministro Daniel Guevara.
Reclamación
En el contexto de la Ley de Tribunales Ambientales, la Reclamación es la acción judicial contra acto administrativo o norma ambiental, dictados, según corresponda, por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), Ministerio de Medio Ambiente (MMA), y/u en general órganos de la Administración del Estado, respecto de decisiones administrativas de carácter ambiental vinculadas con instrumentos de gestión ambiental. El objetivo del reclamo será la nulidad total o parcial de la decisión administrativa.
Continuidad operacional
El proyecto considera la continuidad operacional por 17 años de la SCM Atacama Kozan, donde no se contempla aumentos de produccion en el área mina-planta, ubicada en la comuna de Tierra Amarilla, más si la operación del nuevo depósito de relaves filtrados en la comuna de Copiapó.