Pamela Vásquez Fuentes
El Juzgado de Garantía condenó a Álvaro Molina Alberico, quien se desempeñó como funcionario de la Onemi en Atacama, como autor del delito de malversación de caudales públicos.
Según los antecedentes que se dieron a conocer en la audiencia de procedimiento simplificado, el entonces funcionario de la Dirección Regional de la Oficina Nacional de Emergencias (Onemi), desarrolló labores de cooperación y ayuda en el centro de acopio El Pretil, tras el aluvión que afectó a la región el 25 de marzo de 2015.
En ese contexto, se apropió y sustrajo cien carpas, las que habían sido compradas por la Onemi, especies que fueron avaluadas en más de 12 millones de pesos, según la querella que fue interpuesta por el Consejo de Defensa del Estado (CDE).
Según otras personas que trabajaron en el centro de acopio y que fueron testigos del hecho, se observó al imputado saliendo del centro de acopio con cosas. Se trataba del jefe, quien era el encargado de los centros de acopio. Ante esto, se revisaron las guías de las especies y se constató una serie de irregularidades, lo que generó un sumario interno en el organismo.
En un procedimiento abreviado, el imputado reconoció su responsabilidad en los hechos y el tribunal lo condenó a la pena de 3 años y un día de presidio y una multa de un tercio de UTM. Debido a que tiene irreprochable conducta anterior, la sanción fue sustituida por libertad vigilada intensiva, bajo la observación de Gendarmería. Respecto a la pena pecuniaria, se le otorgó un plazo de un mes para el pago.
Malversación de caudales públicos
Es un delito cometido por un empleado público que sustrae o conciente en que otro sustraiga los caudales o efectos públicos o de particulares que tiene a su cargo (artículo 233 del Código Penal).