El Gobierno envía ley orgánica que abre camino a elección de intendentes
PROPUESTA. La iniciativa tuvo un retraso debido a las diferencias que existen en la Nueva Mayoría respecto de varios aspectos.
El Gobierno decidió enviar ayer al Congreso Nacional el proyecto de ley orgánica constitucional que permitirá la elección de gobernadores regionales. La iniciativa, cuyo despacho al Congreso se había comprometido para marzo pasado, se retrasó debido a las diferencias existentes en el seno de la Nueva Mayoría respecto de las inhabilidades que se deben establecer para los legisladores y miembros del Ejecutivo que quieran optar al nuevo cargo.
La ministra secretaria general de Gobierno, Paula Narváez, manifestó que "el detalle respecto de los contenidos del proyecto de ley van a quedar para el debate legislativo que se iniciará en los próximos días a partir del envío de este proyecto de ley, que como ya señalé, se realizará hoy (ayer)".
Posibles inhabilidades
En cuanto a las inhabilidades para legisladores y miembros del Poder Ejecutivo, la secretaria de Estado insistió en que "mayores detalles respecto de eso esperemos que se dé en ese espacio, a partir de hoy (ayer) además el proyecto de ley queda disponible para que lo conozcan los chilenos".
Esta legislación se complementa con una que actualmente está en discusión en la Comisión de Gobierno del Senado, que corresponde al traspaso de competencias hacia los gobiernos regionales.
En el Congreso se establecerá si la nueva autoridad regional podrá ser elegida en los comicios parlamentarios y presidenciales del próximo 19 de noviembre.
Claves del proyecto
La figura del gobernador regional reemplazará al actual intendente, por lo que presidirá el consejo regional y le corresponderá la coordinación, supervigilancia o fiscalización de los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional.
El gobernador regional en conjunto con los consejeros regionales (cores) constituyen el gobierno regional.
El proyecto establece que el representante del Presidente de la República en la región será el delegado presidencial regional y, en las provincias, los delegados presidenciales provinciales.
El delegado presidencial regional deberá estar a cargo de la coordinación y supervigilancia de los servicios públicos nacionales no descentralizados con presencia en esa zona.
También se establece que, para que un gobernador regional, delegado presidencial regional y un delegado presidencial provincial puedan ser candidatos a las elecciones de diputados y a senadores, deberán renunciar un año antes de la respectiva elección, para evitar que usen sus cargos con fines electorales.