Bilbao recibe la multa más alta registrada hasta ahora por información privilegiada
RESOLUCIÓN. El ex director de laboratorios CFR fue sancionado con el pago de US$ 3,2 millones.
La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) informó que resolvió aplicar sanción de multa de UF 90.000 (unos US$ 3,2 millones) a Juan Cruz Bilbao Hormaeche, por infracciones relacionadas con uso de información privilegiada con el título de laboratorios CFR Pharmaceuticals, mientras se desempeñaba como director de la compañía en 2014.
La sanción duplicó a la más alta cursada hasta ahora por el mismo delito.
El 16 de mayo de 2014, CFR anunció mediante un hecho esencial, que había tomado conocimiento que el controlador de la sociedad a esa fecha había suscrito un contrato, denominado "Transaction Agreement", con la empresa estadounidense Abbott Laboratories, en virtud del cual se había comprometido a vender la totalidad de su participación indirecta, correspondiente al 72,6% de CFR.
Como parte del acuerdo, Abbott se obligaba a efectuar una oferta pública de adquisición por la totalidad de acciones CFR, la que se realizaría tanto en Chile como en EE.UU., dijo la SVS.
Al conocer esta información -y al igual que en transacciones de similar naturaleza-, la SVS requirió a CFR los antecedentes relacionados con las personas que tuvieron acceso a esta información antes de ser difundida al mercado.
Como resultado de la recopilación y análisis de los antecedentes de esta operación, la Superintendencia inició el 30 de enero de este año un procedimiento administrativo sancionatorio en contra de Bilbao por eventuales infracciones al artículo 165 de la Ley de Mercado de Valores y a los artículos 12, 17 y letras a) y f) del artículo 59, todos de la Ley N° 18.045, y al numeral 4 del artículo 42 de la Ley N° 18.046 de Sociedades Anónimas.
A raíz de nuevos antecedentes de los que tomó conocimiento la Superintendencia, el pasado 1 de junio reformuló los cargos en contra de Bilbao, en específico los referidos a las eventuales infracciones al artículo 165, en relación con los artículos 10, 164 y 166 letra a) de la Ley N° 18.045.
"Cabe señalar que el procedimiento administrativo de la SVS otorgó plenas garantías de un debido proceso. Para ello, contempló la recepción de los descargos presentados por el señor Bilbao el 26 de febrero y el 19 de junio de 2015 y, posteriormente, la apertura de sendos periodos probatorios, donde se recibieron los antecedentes y testimonios que aportó el involucrado, garantizándose en todo momento su debida defensa", comunicó la entidad.